Trámite nacional · Revisado el 2 de agosto de 2026

Cómo cobrar haberes devengados de una jubilación o pensión

Los haberes devengados son importes que correspondían hasta el fallecimiento y no llegaron a cobrarse. La solicitud se presenta ante ANSES con turno y documentación según el vínculo.

Respuesta directa

Pedí un turno en ANSES, reuní la partida de defunción y la documentación que acredita tu vínculo o los gastos de la última enfermedad. Para parientes por consanguinidad, la ficha oficial exige dos testigos o formularios certificados.

Qué puede incluir el pago

  • Primera liquidación pendiente.
  • Haber mensual proporcional o completo.
  • Proporcional o totalidad del aguinaldo.
  • Subsidios no percibidos.
  • Asignaciones familiares pendientes.

Quién puede solicitarlo

La prioridad corresponde a las personas con derecho a pensión cuando esos importes no fueron liquidados con el primer pago. Después pueden intervenir los herederos legales. La ficha oficial también contempla a personas que acrediten haber pagado gastos de la última enfermedad, con documentación específica.

Documentación básica

  • Partida de defunción de la persona titular.
  • DNI de quien solicita.
  • Formulario PS.6.76 si ANSES no dispone de la información bancaria de los haberes impagos.
  • Partidas que acreditan el vínculo.
  • Formulario PS.6.253 y las informaciones sumarias correspondientes, cuando se solicita como pariente por consanguinidad.
  • Declaraciones de otros herederos, si existen personas con igual derecho que no presentan la solicitud.

Testigos y certificaciones

Si sos pariente por consanguinidad, debés presentarte con dos testigos. Cuando no pueden concurrir al turno, ANSES admite los formularios certificados por la autoridad indicada para cada jurisdicción: autoridad policial o Juzgado de Paz en Provincia de Buenos Aires, Registro Civil en CABA y tribunales del fuero civil de paz en las restantes provincias.

Cómo hacer el trámite

  1. Reuní la documentación de la persona fallecida y del solicitante.
  2. Completá los formularios que correspondan a tu caso.
  3. Pedí turno en ANSES.
  4. Presentate con la documentación y los dos testigos, o con sus formularios debidamente certificados.
  5. Guardá la constancia de inicio.

Plazo

ANSES informa que la solicitud no debe superar los dos años desde el fallecimiento. Este plazo es distinto del año previsto para el Subsidio de Contención Familiar.

Costo

El trámite es gratuito.

Competencia

Esta página explica el procedimiento para jubilaciones y pensiones administradas por ANSES. Las cajas provinciales, profesionales, militares o de seguridad pueden tener formularios, prioridades y plazos diferentes.

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Fuentes oficiales

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