Trámite · Revisado el 2 de agosto de 2026

Cómo solicitar la pensión por fallecimiento de una persona jubilada

La pensión derivada puede iniciarse por mi ANSES dentro de la ventana informada por el organismo. Fuera de ella, corresponde una gestión presencial.

Respuesta directa

Ingresá a mi ANSES, verificá los vínculos y elegí “Solicitud de Prestaciones” y “Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado”. La vía digital se habilita entre 10 días hábiles y 6 meses después del fallecimiento.

A quiénes les corresponde

  • Cónyuge: con partida de matrimonio actualizada dentro de los plazos indicados por ANSES.
  • Conviviente previsional: con cinco años de convivencia anteriores al fallecimiento, o dos años si hubo hijos reconocidos por ambos.
  • Hijos: menores de 18 años, solteros y sin otra prestación; sin límite de edad cuando existe incapacidad para trabajar y estaban a cargo.

Qué necesitás

  • Partida de defunción de la persona jubilada.
  • CUIL del solicitante, de la persona fallecida y de los hijos, cuando corresponda.
  • Número de la prestación del titular fallecido.
  • DNI y formularios que correspondan al vínculo.
  • Información bancaria si ANSES no la tiene registrada.
  • Documentación adicional para hijos con incapacidad, tutoría o curatela.

Cómo hacer el trámite

  1. Ingresá a mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  2. Revisá datos personales, fallecimiento y vínculos familiares.
  3. Elegí Solicitud de Prestaciones.
  4. Seleccioná Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado.
  5. Completá la solicitud y guardá la confirmación.
  6. Consultá el seguimiento desde mi ANSES a partir de las 72 horas.

Plazo y modalidad

Para iniciar por mi ANSES deben haber transcurrido al menos 10 días hábiles desde el fallecimiento y no más de 6 meses. Después de los 6 meses, solicitá un turno para hacer la gestión presencial.

Costo

El trámite es gratuito. No compartas la Clave de la Seguridad Social ni pagues a terceros para ingresar la solicitud.

Casos que requieren más documentación

Puede haber formularios específicos si la jubilación fue obtenida mediante una moratoria con cuotas pendientes, si existen beneficios de provincias no adheridas al SIPA o de fuerzas armadas o de seguridad, o si solicita un hijo con incapacidad.

Competencia

ANSES gestiona esta pensión cuando la prestación de la persona fallecida pertenece al régimen nacional o a una caja transferida administrada por el organismo. Si el beneficio era de una caja provincial, profesional, militar o de seguridad separada, consultá esa institución.

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Fuentes oficiales

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