Reuní la partida de defunción, tu DNI y la documentación que demuestra tu prioridad. Después pedí turno en ANSES. Cuando la persona fallecida era titular de una prestación previsional, la ficha oficial también habilita Atención Virtual.
A quién le corresponde
Para el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada, ANSES aplica este orden de prioridad:
- Quien acredita haber pagado el sepelio, la cremación o la inhumación.
- Viuda, viudo, conviviente previsional o hijos con derecho a pensión.
- Otros herederos, cuando no existe una persona de los grupos anteriores que cobre el subsidio.
Qué documentación necesitás
- DNI de quien solicita.
- Partida de defunción de la persona jubilada o pensionada.
- Factura a tu nombre, constancia de una empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual, o póliza de seguro, cuando acreditás haber pagado los gastos.
- Resolución de otorgamiento de la pensión y formulario PS.6.296, cuando corresponde el cobro como derechohabiente previsional.
- Los formularios de declaración jurada que indique ANSES cuando solicitás como heredero sin derecho a pensión y no existe factura de sepelio.
Cómo hacer el trámite
- Identificá en qué carácter lo pedís: pagador de los gastos, derechohabiente previsional u otro heredero.
- Reuní la documentación específica para ese carácter.
- Pedí un turno para una oficina de ANSES.
- Si la persona fallecida era titular de una jubilación o pensión, revisá además si tu caso puede presentarse por Atención Virtual.
- Guardá la constancia y cualquier requerimiento posterior.
Plazo
El derecho prescribe al año contado desde la fecha de fallecimiento. No esperes a terminar otros trámites si ya contás con la documentación necesaria.
Importe y costo
La normativa nacional y la ficha oficial consultadas el 2 de agosto de 2026 mantienen una suma fija de $15.000. El trámite es gratuito. Como el importe puede modificarse, verificá la ficha oficial antes de presentar la solicitud.
No lo confundas con otros pagos
Este subsidio no reemplaza la pensión por fallecimiento ni el cobro de haberes devengados. Cada gestión tiene personas legitimadas, documentación y plazos propios.
Competencia
ANSES administra el subsidio para las prestaciones nacionales alcanzadas por el Decreto 599/2006. Si la persona cobraba un retiro o una prestación de una caja provincial, profesional, militar o de seguridad no administrada por ANSES, consultá a esa entidad.
También puede ayudarte
- Solicitar una partida de defunción
- Distinguir el certificado médico de la partida
- Organizar la documentación posterior al fallecimiento
- Entender qué acredita la partida de defunción