Glosario · Revisado el 2 de agosto de 2026

Dictamen médico de Comisión Médica: qué significa

Es la conclusión técnica emitida dentro del expediente después de evaluar los antecedentes médicos y la prueba relevante.

Definición simple

El dictamen médico es el pronunciamiento técnico que emite una Comisión Médica después de evaluar el expediente, la audiencia, los estudios y la prueba relevante.

Qué puede resolver

Según el tipo de trámite, puede pronunciarse sobre el carácter laboral de una contingencia, la necesidad de prestaciones, el alta, el reingreso o la existencia y el porcentaje de una incapacidad. El alcance exacto depende del procedimiento iniciado.

No siempre es el acto administrativo final

En trámites de la Resolución SRT 298/2017, el dictamen médico puede ser seguido por la intervención del Servicio de Homologación y por un acto administrativo definitivo. Por eso, no conviene usar “dictamen”, “resolución” y “homologación” como si fueran lo mismo.

Ejemplo práctico

Si una Comisión Médica determina un porcentaje de incapacidad permanente, notifica el dictamen y el expediente continúa por las etapas previstas para la liquidación y el Servicio de Homologación. La notificación debe revisarse completa porque informa las acciones y los plazos disponibles.

Diferencia con otros documentos

  • Certificado médico: lo emite un profesional tratante para dejar constancia de una situación clínica.
  • Dictamen médico: expresa la conclusión técnica de la Comisión Médica dentro del expediente.
  • Acto administrativo: es la decisión formal que puede cerrar una etapa del procedimiento.
  • Resolución de la Comisión Médica Central: revisa determinados planteos cuando interviene como instancia recursiva.

Qué conviene revisar al recibirlo

  • La Comisión Médica y el número de expediente.
  • La conclusión y sus fundamentos.
  • La norma que regula el procedimiento.
  • La fecha y el modo de notificación.
  • Los pedidos de aclaración, rectificación o recursos informados.

Alcance territorial

El dictamen pertenece a un procedimiento nacional administrado por la SRT, pero la revisión judicial puede corresponder a la justicia laboral de la provincia o de CABA vinculada con la Comisión Médica que intervino.

Fuentes oficiales

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