Pregunta nacional · Revisada el 2 de agosto de 2026

¿Qué documentos tengo que llevar a una audiencia de Comisión Médica?

Llevá tu DNI y revisá la citación. Los demás documentos dependen de tu rol y del procedimiento que figure en el expediente.

Respuesta directa

Llevá tu DNI. Si intervenís como derechohabiente, también la documentación que acredite esa condición. Los profesionales y representantes deben exhibir sus credenciales o poderes según el rol que cumplen.

Si el trámite se rige por la Resolución SRT 179/2015

La SRT indica que todas las personas que concurren a la audiencia o al examen médico deben identificarse. Los profesionales deben acreditar su condición mediante carnet o matrícula.

Si el trámite se rige por la Resolución SRT 298/2017

  • La persona damnificada debe presentar DNI.
  • Los derechohabientes deben presentar DNI y la documentación que acredite su calidad.
  • El patrocinante letrado debe exhibir la matrícula.
  • Los representantes de la ART, del empleador autoasegurado o del empleador no asegurado deben acreditar la representación o el poder correspondiente.

Revisá siempre la citación

La notificación puede indicar documentación adicional, estudios o instrucciones particulares del expediente. Usala como lista principal y no sustituyas un documento requerido por una foto o una copia informal salvo que la Comisión Médica lo permita.

Estudios complementarios

La Comisión Médica puede ordenar estudios adicionales en un prestador de la SRT. La orden indica qué estudio realizar, la fecha y el lugar. La SRT informa que estos estudios son gratuitos, obligatorios y que el resultado se remite directamente al organismo.

Si no podés trasladarte

En casos excepcionales y justificados podés solicitar una audiencia médica en tu domicilio o en el lugar de internación. Para eso necesitás una solicitud escrita y un certificado que demuestre la imposibilidad de traslado.

Diferencias territoriales

En jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348, ciertos procedimientos exigen patrocinio letrado. La competencia y la vía posterior se relacionan con la Comisión Médica que interviene, por lo que no conviene usar requisitos de otra provincia o de CABA.

Fuente oficial

Audiencias de Comisión Médica — SRT.

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