Un empleador no asegurado no está afiliado a una ART ni tiene autorización para asumir por sí mismo las prestaciones del sistema. Si aparece una ART en tu documentación o el empleador figura como autoasegurado, corresponde otra vía.
Cuándo corresponde
La SRT contempla una intervención de las Comisiones Médicas cuando denunciaste un accidente laboral o una enfermedad profesional ante un empleador sin ART y existe una diferencia sobre el tratamiento, el reingreso, el alta médica, la incapacidad o el rechazo de la contingencia.
Primero identificá qué discutís
- Atención o tratamiento: no recibís las prestaciones necesarias o no estás de acuerdo con lo indicado.
- Reingreso: pediste volver al tratamiento y el empleador no respondió o lo negó.
- Alta médica: te dieron por finalizado el tratamiento y considerás que todavía necesitás atención.
- Incapacidad: quedaron secuelas y necesitás que sean evaluadas.
- Rechazo: el empleador negó que el accidente o la enfermedad tengan origen laboral.
Documentación que publica la SRT
- Documentación para acreditar identidad.
- Constancia de la denuncia realizada ante el empleador.
- Certificación de haberes o recibos de sueldo de los períodos indicados en la ficha oficial.
- Estudios, historia clínica y demás antecedentes relacionados con la patología.
- Alta médica o constancia de fin de tratamiento cuando la diferencia se vincula con el alta, el reingreso o la incapacidad.
- Carta de rechazo o denegación fundada, si existe.
- Petición fundada cuando se reclama una enfermedad profesional no listada.
- Formulario y respaldo de la opción territorial aplicable.
Competencia territorial
La SRT es nacional, pero interviene una Comisión Médica jurisdiccional. La ficha general permite elegir entre la comisión vinculada con el domicilio que figura en el DNI y la correspondiente al lugar donde prestás servicios efectivamente. Conservá la documentación que respalde la opción elegida.
Variantes por provincia o CABA
En jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348, el rechazo de la contingencia y la divergencia sobre incapacidad pueden tramitar mediante procedimientos específicos para empleadores no asegurados, con patrocinio letrado obligatorio. Las fichas oficiales vigentes identifican expresamente variantes para Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, CABA y Río Negro. Antes de iniciar, verificá cuál aparece para tu jurisdicción y tu motivo concreto.
Cómo iniciar
- Confirmá que el empleador realmente no tiene ART y no es autoasegurado.
- Dejá asentada la denuncia del accidente o la enfermedad ante el empleador.
- Ordená la documentación según el tipo de diferencia.
- Consultá la ficha específica de la SRT y la Comisión Médica competente.
- Presentá el expediente por el canal oficial indicado y guardá la constancia.
- Controlá las notificaciones y asistí a las citaciones.
Costo, plazos y patrocinio
La ficha general informa que el trámite es gratuito, pero no publica un tiempo único de resolución. Las variantes específicas pueden establecer requisitos, patrocinio y plazos distintos. No traslades automáticamente a todos los casos el plazo de una ficha territorial o de un procedimiento diferente.
Fuentes oficiales
- Divergencia con un empleador no asegurado — SRT.
- Rechazo de contingencia por empleador no asegurado — SRT.
- Evaluación de incapacidad con empleador no asegurado — SRT.
- Trámites ante Comisiones Médicas — SRT.