1. Identificá el desacuerdo
La evaluación corresponde si la ART no abrió la determinación de incapacidad o indicó que no quedaron secuelas. Si discutís el fin del tratamiento, usá la divergencia en el alta; si los síntomas reaparecieron, revisá el reingreso.
2. Controlá el momento
Para pedir la evaluación por falta de inicio, la ficha oficial exige que hayan pasado 21 días hábiles desde el alta. También publica puntos de partida distintos para el plazo máximo según la adhesión de la jurisdicción a la Ley 27.348. Anotá la fecha del alta y no calcules ambos plazos como si fueran equivalentes.
3. Prepará lo obligatorio
- Copia del DNI.
- Copia del alta médica.
- Formulario Anexo I de la Resolución SRT 5/2026.
- Acreditación del domicilio elegido, cuando corresponda.
- En jurisdicciones adheridas, patrocinio letrado y documentación del profesional conforme a la ficha vigente.
4. Ordená la documentación médica
Agrupá estudios, informes, indicaciones y constancias vinculadas con la contingencia. Prepará copias legibles y conservá los originales. La existencia de un estudio no determina por sí sola un porcentaje: esa evaluación corresponde a la Comisión Médica.
5. Definí la competencia territorial
La SRT permite optar entre la Comisión Médica del domicilio que figura en tu DNI y la correspondiente al lugar donde trabajás efectivamente. Revisá qué comprobante exige la opción elegida y si tu jurisdicción adhirió a la Ley 27.348.
6. Guardá el seguimiento
Conservá la carátula o constancia de inicio y atendé las notificaciones electrónicas. Registrá las citaciones y presentaciones sin reemplazar una comunicación oficial por recordatorios propios.