El preacuerdo puede definir el porcentaje de incapacidad y la prestación dineraria. Pedí tiempo suficiente para leerlo con tu patrocinante y conservar una copia completa.
1. Confirmá qué contingencia se está tratando
Verificá el número o identificación del siniestro, la fecha del accidente o de la primera manifestación invalidante y las lesiones o enfermedades reconocidas. Un acuerdo no debería mezclar contingencias distintas sin explicarlas.
2. Controlá el alta y las secuelas
Compará la propuesta con el alta médica, la historia clínica y los estudios. Si todavía necesitás tratamiento o existen prestaciones pendientes, plantealo antes de cerrar una incapacidad permanente. La normativa prevé que, si no se agotaron las instancias terapéuticas, las actuaciones se cierren para retomar la atención correspondiente.
3. Pedí el detalle del porcentaje
Solicitá que te expliquen qué patologías, limitaciones funcionales, factores de ponderación y preexistencias se consideraron. El Informe de Valoración del Daño debe relacionar el porcentaje con los antecedentes médicos y la tabla oficial de incapacidades.
4. Separá la valoración médica de la liquidación
Revisá por un lado el porcentaje y por otro el cálculo de la prestación. La liquidación puede depender de salarios declarados, edad, fecha de la primera manifestación invalidante, porcentaje y normativa aplicable. Como los pisos y valores cambian por período, no uses cifras antiguas ni simuladores no oficiales como única referencia.
5. Confirmá el patrocinio letrado
La ART o el empleador autoasegurado debe requerir patrocinio letrado para esta instancia en las jurisdicciones alcanzadas. Tu abogado o abogada debe explicar el efecto del acuerdo, la homologación y las alternativas si no existe conformidad.
6. Identificá la jurisdicción
Controlá qué Comisión Médica intervendrá y por qué domicilio o lugar se determinó. La adhesión de la provincia o de CABA a la Ley 27.348 modifica el encuadre administrativo y la vía recursiva. No aceptes una referencia territorial genérica si el expediente corresponde a otra jurisdicción.
7. Guardá un expediente propio
- Alta médica o fin de tratamiento.
- Historia clínica y estudios.
- Notificaciones de la ART o del empleador autoasegurado.
- Propuesta completa y sus anexos.
- Constancia de la decisión adoptada.
- Datos de la Comisión Médica y de tu patrocinante.
8. Si no estás de acuerdo
No firmes para “no perder el trámite”. Pedí que te indiquen por escrito cuál será el paso siguiente. Puede corresponder la determinación de incapacidad, una divergencia o, si ya existe una resolución, la vía recursiva correspondiente.
Fuentes oficiales
- Valoración del Daño — SRT.
- Resolución SRT 20/2021, texto actualizado.
- Resolución SRT 298/2017, texto actualizado.
- Funciones de las Comisiones Médicas — SRT.