Primero hacé la denuncia policial o judicial. Después avisá a la aseguradora y solicitá la inscripción del robo o hurto ante el Registro Seccional. La denuncia registral se realiza con la Solicitud Tipo 04 y no equivale a dar de baja definitivamente el dominio.
Qué diferencia hay entre robo y hurto
La ficha oficial describe como robo la sustracción en la que la persona propietaria está presente y como hurto la ocurrida sin su presencia y sin signos de violencia para cometerla. En ambos casos, el procedimiento registral comienza después de la denuncia policial o judicial.
Quién puede solicitar la inscripción
- El titular registral. Si existe condominio, puede presentarla cualquiera de los titulares.
- Un adquirente que presente al mismo tiempo la Solicitud Tipo 08 completa y en condiciones de inscribir la titularidad.
- Un representante o apoderado con documentación suficiente.
Qué necesitás
- Original y copia de la denuncia policial o judicial, con el dominio del vehículo.
- Solicitud Tipo 04.
- Título y cédula de identificación, cuando los conserves.
- DNI u otro documento admitido según tu situación.
- Notificación al acreedor prendario, cuando exista una prenda.
- Solicitud Tipo 13I si corresponde tratar multas o infracciones.
Cómo hacer el trámite
- Realizá la denuncia en la dependencia policial correspondiente al lugar del hecho.
- Comunicá el siniestro a la aseguradora por sus canales y dentro del plazo previsto en la póliza.
- Completá la solicitud electrónica de la DNRPA o presentate directamente en el Registro donde está radicado el vehículo.
- Entregá la documentación y firmá la Solicitud Tipo 04.
- Retirá la constancia de titularidad y el triplicado de la solicitud según las indicaciones del Registro.
La inscripción deja asentado el robo o hurto en el legajo registral. Una baja definitiva es otro trámite y no debe confundirse con esta denuncia.
Seguro, patente y otras exigencias
La aseguradora puede requerir la denuncia policial, la constancia registral, un certificado de estado de dominio, acreditación de titularidad, llaves y otros documentos. Algunas constancias tributarias o de infracciones dependen de la jurisdicción. Confirmá el listado concreto con tu compañía y con la autoridad local.
Costo y plazo
No se publica un importe único porque los aranceles y certificaciones pueden cambiar. La ficha oficial indica que, en la modalidad presencial, la constancia y el triplicado de la Solicitud Tipo 04 se retiran dos días después, salvo observaciones.
Fuentes oficiales
- Denunciar el robo o hurto del automotor.
- Guía de denuncia de robo o hurto de la DNRPA.
- Resolución SSN 136/2026 sobre documentación del seguro.