Pregunta · Revisado el 2 de agosto de 2026

¿Qué plazo tengo para pedir la prestación por desempleo?

No dejes la solicitud para el final: el régimen general descuenta del período de cobro los días que excedan el plazo oficial.

Respuesta directa

Para el Seguro por Desempleo nacional de trabajadores comprendidos por la Ley de Empleo, el plazo informado es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral.

Qué ocurre si lo iniciás después

La solicitud tardía no se descarta automáticamente por el solo vencimiento, pero los días que excedan el plazo se descuentan del período total de prestación que pudiera corresponder.

Desde cuándo se cuenta

El cómputo parte de la fecha en que termina la relación laboral. Conservá el telegrama, la carta documento, el contrato vencido o la constancia que permita acreditar esa fecha.

¿Son días corridos?

No para el régimen general explicado en la página oficial de la Secretaría de Trabajo: allí se indican días hábiles. No conviertas el plazo en una fecha exacta sin revisar feriados y la documentación del cese.

Casos en los que cambia la respuesta

  • Trabajo rural: la prestación se tramita ante RENATRE y debe revisarse su regla específica.
  • Construcción: la Ley 25.371 expresa 90 días desde el cese, sin calificarlos como hábiles en el texto legal, y aplica una regla especial si cobraste el Fondo de Cese Laboral.
  • Administración pública y otros regímenes excluidos: pueden no estar cubiertos por este seguro nacional.

Qué conviene hacer

  1. Identificá la fecha y el motivo exactos del cese.
  2. Reuní las comunicaciones laborales y tu DNI.
  3. Consultá tu Historia Laboral y la registración del empleo.
  4. Iniciá la solicitud lo antes posible por Atención Virtual o pedí turno en ANSES.

Fuentes oficiales

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