Trámite nacional · Revisado el 31 de julio de 2026

Cómo solicitar el certificado de dominio del automotor

El titular registral puede pedirlo en línea o en el Registro para informar y mantener sin cambios la situación jurídica del vehículo durante 15 días hábiles.

Respuesta directa

Solo puede solicitarlo el titular registral del vehículo o una autoridad judicial. El futuro comprador debe pedírselo al dueño. Su vigencia es de 15 días hábiles.

Qué informa y qué efecto produce

El certificado contiene información registral equivalente a la de un informe de dominio: titularidad, radicación, características del vehículo y afecciones como prendas, embargos, inhibiciones o denuncias de robo. La diferencia es su efecto jurídico: durante 15 días hábiles bloquea o congela la situación informada.

Quién puede iniciarlo

  • El titular registral del automotor, motovehículo o maquinaria.
  • Una autoridad judicial.
  • Un representante legal o apoderado, con documentación suficiente.

La persona interesada en comprar no puede pedirlo directamente si no es titular. Debe solicitarle al vendedor que lo tramite.

Qué necesitás

  • Ser titular registral o acreditar la representación.
  • Documento identificatorio vigente.
  • Patente o dominio correcto y los datos solicitados por el sistema.
  • Correo electrónico accesible y medio de pago admitido si lo hacés en línea.

Cómo hacerlo en línea

  1. Abrí el acceso oficial desde la ficha del trámite.
  2. Completá la solicitud electrónica del certificado de dominio.
  3. Pagá el arancel informado por el sistema.
  4. Revisá el correo electrónico donde recibirás el certificado.

Cómo hacerlo en el Registro

  1. Presentá la documentación ante el Registro Seccional competente.
  2. Pagá los aranceles vigentes y completá la solicitud que corresponda.
  3. Retirá el certificado en la fecha indicada.

Demora y vigencia

  • Demora publicada: 24 horas.
  • Vigencia: 15 días hábiles.

No confundas la demora de emisión con la vigencia del certificado. La vigencia se refiere al período durante el cual produce el bloqueo registral informado por la fuente oficial.

Costo

Es un trámite arancelado. Consultá el importe dentro del sistema oficial o en el cuadro vigente; el costo puede cambiar y no conviene conservar un valor fijo.

Qué hacer después

Entregale una copia verificable al futuro comprador y coordiná la transferencia dentro del período previsto para la operación. El certificado no reemplaza el Formulario 08 ni la inscripción de la nueva titularidad.

Fuentes oficiales

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