La ficha oficial indica que el titular puede solicitar cualquier constancia del legajo. Una persona que no es titular solo puede pedir copias de formularios o Solicitudes Tipo.
Qué podés pedir
Una fotocopia certificada de una constancia incorporada al legajo registral. La ficha oficial menciona, entre otros ejemplos, el Formulario 08, formularios vinculados con rentas y facturas archivadas.
Quién puede solicitarla
- Titular registral: puede pedir cualquier constancia del legajo.
- Tercero: puede pedir copias de formularios o Solicitudes Tipo, dentro de los límites informados por el Registro.
- Representante o apoderado: debe acreditar la representación invocada.
Qué necesitás
- Documento identificatorio admitido por la ficha oficial.
- Formulario 02, o la Solicitud Tipo TP impresa por el Registro cuando hiciste la precarga electrónica.
- Datos claros de la constancia que necesitás y del dominio correspondiente.
Cómo hacer el trámite
- Completá la solicitud electrónica para iniciar la gestión y, si querés, aboná los aranceles en línea.
- Presentate con la documentación en el Registro indicado para el trámite.
- Pagá allí si no lo hiciste en línea.
- Retirá la fotocopia certificada al día siguiente, según la ficha oficial.
Costo
Es arancelado. Como la página oficial no publica un importe fijo, consultá el valor vigente en el sistema de trámites o en el Registro antes de pagar.
Antes de pedirla
- Identificá con precisión el documento y la fecha aproximada.
- Consultá primero el legajo si no sabés qué constancia necesitás.
- Confirmá si tu calidad de titular, tercero o representante permite acceder a esa copia.
- No confundas una copia certificada con un informe de dominio actualizado.
Alcance territorial
La copia surge del legajo administrado por el sistema registral nacional. Si el documento fue emitido por una agencia tributaria provincial, por CABA o por un municipio, la certificación registral no reemplaza las validaciones que pueda exigir esa jurisdicción.