Para el régimen general nacional, revisá que cumplas la edad y los 30 años de aportes, controlá tu Historia Laboral, reuní la documentación faltante y pedí un turno en ANSES.
A quién está dirigido
A trabajadores en relación de dependencia comprendidos por el régimen nacional que reúnen los requisitos para una jubilación ordinaria. Si tus servicios corresponden a una caja provincial, municipal, profesional o a una actividad especial, el procedimiento puede ser diferente.
Requisitos generales
- Edad: 60 años para mujeres y 65 para hombres.
- Servicios: 30 años con aportes computables.
- Variaciones: la edad y los años pueden cambiar según la actividad o el régimen especial.
La Ley 24.241 también permite, únicamente para completar el mínimo de servicios, compensar un año faltante por cada dos años de edad que excedan la edad requerida.
Documentación
- DNI original.
- Formulario PS 6.18 de Solicitud de Prestaciones Previsionales.
- Historia Laboral revisada.
- Certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de obra social u otra prueba de períodos trabajados que no figuren.
- Documentación de hijos, discapacidad o adopción cuando corresponda solicitar el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado.
Cómo iniciar el trámite
- Ingresá a mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Entrá en Trabajo y consultá la Historia Laboral.
- Reuní la documentación que respalda cualquier período faltante.
- Solicitá el turno específico para jubilación.
- Presentate en la oficina con la documentación original y las copias que indique el organismo.
- Guardá la constancia y seguí el expediente por los canales oficiales.
Plazo
La ficha operativa no establece un plazo de caducidad para iniciar la jubilación ordinaria. La fecha inicial de pago puede depender de cuándo se reúnen los requisitos y cuándo se presenta la solicitud, por lo que conviene consultar el caso concreto si demoraste el inicio.
Costo
El trámite ante ANSES es gratuito. No compartas tu Clave de la Seguridad Social con gestores ni pagues para obtener un turno.
Competencia y jurisdicción
ANSES es competente para el régimen previsional nacional. Cuando existen aportes en más de una caja puede operar la reciprocidad jubilatoria y la caja otorgante no se define solamente por el domicilio actual.
Fuentes oficiales
- Tramitar la jubilación como trabajador en relación de dependencia.
- Ley 24.241, texto actualizado.
- Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado.
También puede ayudarte
- Ordenar la preparación completa
- Usar una lista de control previa
- Evaluar alternativas ante aportes faltantes
- Consultar la Historia Laboral
- Reconocer servicios no registrados
- Consultar qué gestiona ANSES
- Evaluar el retiro por invalidez si no reunís la jubilación ordinaria
- Diferenciar el retiro transitorio
- Comprobar la edad jubilatoria general
- Consultar el estado de un expediente de jubilación o pensión