Trámite nacional · Revisado el 31 de julio de 2026

Cómo hacer la denuncia de venta de un automotor

Si entregaste el vehículo y la transferencia no se hizo en el momento, podés comunicar la venta al Registro para dejar constancia de la entrega y limitar responsabilidades.

Respuesta directa

La denuncia de venta la presenta el titular registral cuando ya entregó el vehículo y la transferencia todavía no quedó inscripta. No cambia la titularidad: comunica la entrega al Registro y produce los efectos previstos por el régimen registral.

Cuándo conviene hacerla

Hacela si entregaste el auto, la moto o la maquinaria y comprador y vendedor no completaron juntos la transferencia. Si ambas partes van al Registro y transfieren directamente, la ficha oficial aclara que la denuncia de venta no es necesaria.

Quién puede presentarla

  • El titular registral vendedor.
  • Su representante legal o apoderado, con documentación y facultades suficientes.

Datos que necesitás

  • Patente o dominio del vehículo.
  • Nombre, apellido y correo electrónico vigente del titular registral.
  • Nombre, apellido y documento del comprador; si es una persona jurídica, razón social y CUIT.
  • Lugar y fecha de entrega. Si no recordás la fecha exacta, la ficha oficial permite consignar una aproximada.
  • Domicilio del comprador. Cuando no lo conocés, debe declararse esa circunstancia según la instrucción oficial.
  • Cualquier constancia de la operación que tengas.

Cómo hacerla por internet

  1. Entrá al sistema registral desde la ficha oficial y elegí Denuncia de Venta.
  2. Completá la precarga electrónica y revisá los datos del comprador y de la entrega.
  3. Si sos una persona humana, existe un solo titular y pagás con una CBU propia, podés abonar en línea.
  4. Guardá el certificado que recibas por correo electrónico cuando la denuncia quede inscripta.

Cuándo hay que terminarla presencialmente

La ficha oficial indica precarga, turno y presentación ante el Registro cuando no se pagó en línea, existe más de un titular o el titular es una persona jurídica. Allí se abonan los aranceles, se firma la petición y se retira la constancia correspondiente.

Qué efectos produce

Hasta que se inscribe la transferencia, el vendedor continúa figurando como titular. El artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor establece que la comunicación de la entrega permite considerar al adquirente como un tercero por quien el transmitente no debe responder, siempre que la denuncia sea anterior al hecho que podría generar responsabilidad.

Si el comprador no inicia la transferencia dentro del plazo previsto, la denuncia puede dar lugar a la prohibición de circular y al pedido de secuestro. El texto vigente también contempla la sustitución del obligado por patentes, impuestos y multas desde la fecha de la denuncia.

No reemplaza la transferencia.

El vehículo seguirá inscripto a nombre del vendedor hasta que el Registro anote el cambio de titularidad. El comprador debe completar la transferencia.

Cuánto cuesta y cuánto tarda

Es un trámite arancelado. Consultá el valor vigente dentro del sistema oficial o en el cuadro de aranceles de la DNRPA. La ficha pública no informa un plazo único de resolución, por lo que no conviene prometer una demora fija.

Qué guardar

  • Certificado o triplicado que acredita la inscripción de la denuncia.
  • Comprobante de pago.
  • Contrato, recibo, Formulario 08 o cualquier constancia de la venta.
  • Datos de contacto y domicilio informado del comprador.

Caso especial: recuperaste el vehículo

Después de denunciar la entrega, no vuelvas a usar el automotor sin comunicar previamente al Registro que lo recuperaste. El artículo 27 exige notificar esa circunstancia.

Fuentes oficiales

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