Para las pensiones por fallecimiento de un trabajador o de una persona jubilada, ANSES publica como regla general cinco años de convivencia anteriores al fallecimiento. Si tienen hijos reconocidos por ambos, el plazo se reduce a dos años.
También tiene que probarse la continuidad
No alcanza con demostrar que la pareja convivió en algún momento. La ficha de actualización de vínculos indica que la convivencia debe mantenerse hasta la fecha del fallecimiento.
No confundas el plazo con la unión convivencial
El Código Civil y Comercial reconoce la unión convivencial cuando la relación reúne sus requisitos y dura al menos dos años. Ese plazo civil no reemplaza automáticamente el requisito previsional que ANSES publica para una pensión.
Qué otras condiciones se revisan
La duración de la convivencia es solo una parte del trámite. Según el origen de la pensión, ANSES también verifica la situación previsional de la persona fallecida, la documentación del solicitante, los vínculos registrados y los formularios correspondientes.
Cómo se demuestra
ANSES admite determinadas pruebas principales o, como alternativa, una combinación de al menos tres pruebas, por ejemplo documentación bancaria, obra social, domicilio compartido, hijos en común, servicios o contratos donde pueda acreditarse la convivencia.
Acción recomendada
Reuní documentos que cubran todo el período y no solo los meses más recientes. Verificá que el fallecimiento y el vínculo estén registrados en mi ANSES antes de iniciar la pensión.
Fuentes oficiales
- Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado — Argentina.gob.ar.
- Pensión por fallecimiento de un trabajador — Argentina.gob.ar.
- Pruebas de convivencia previsional — Argentina.gob.ar.