Pregunta sobre cobertura de salud · Revisada el 2 de agosto de 2026

¿Cuánto tiempo tengo obra social después de terminar un trabajo?

La regla nacional prevé tres meses de continuidad sin aportes para quienes trabajaron de forma continuada durante más de tres meses.

Respuesta directa

En el Sistema Nacional de Obras Sociales, si trabajaste de forma continuada durante más de tres meses, mantenés la cobertura durante tres meses desde la finalización del contrato, sin efectuar nuevos aportes. La continuidad alcanza también al grupo familiar primario.

Desde cuándo se cuentan los tres meses

La Ley 23.660 los cuenta desde la extinción del contrato de trabajo. Guardá la constancia que identifique la fecha de cese porque puede ser necesaria para reclamar la continuidad.

Qué requisito de antigüedad exige la ley

La regla nacional se aplica a trabajadores que se hayan desempeñado de forma continuada durante más de tres meses. Si el empleo duró menos, no des por supuesto que existe esta continuidad automática y consultá tu cobertura.

Qué pasa si cobrás la prestación por desempleo

La prestación por desempleo incluye cobertura médico-asistencial. ANSES publica una gestión específica: necesitás el CODEM y una constancia del organismo para presentarla ante la obra social. Esa cobertura se mantiene mientras dura la prestación aprobada y puede extender la protección más allá de los tres meses iniciales.

Casos en los que cambia la respuesta

  • Obra social provincial, municipal o de empleo público: puede tener reglas propias.
  • Prepaga contratada directamente: el contrato comercial no se rige automáticamente por esta continuidad de la Ley 23.660.
  • Nuevo trabajo: podés adquirir otra condición de beneficiario y cambiar el destino de los aportes.
  • Prestación por desempleo no aprobada: la continuidad durante el beneficio no se activa solo por haberla solicitado.
  • Grupo familiar: verificá que los vínculos estén correctamente registrados.

Qué conviene hacer

  1. Descargá el CODEM y comprobá qué obra social figura.
  2. Conservá la constancia de cese y la antigüedad laboral.
  3. Si la cobertura se interrumpe antes de tiempo, reclamá primero ante la obra social.
  4. Si no se resuelve y el régimen es nacional, usá los canales de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Fuentes oficiales

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